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Incumple tratados nacionales e internacionales

PODER JUDICIAL DEMANDA REVOCATORIA INMEDIATA DE NORMA QUE INCLUYE A MENORES COMO SUJETOS IMPUTABLES PENALMENTE

  • Jueza suprema Elvira Álvarez Olazábal dice que ley promulgada es un retroceso para protección de derechos del referido grupo etario.

La jueza suprema Elvira Álvarez Olazábal demandó esta mañana la revocatoria inmediata por parte del Congreso de la república de la Ley N.º 32330, la cual incorpora a los adolescentes de 16 y 17 años como sujetos penalmente imputables.

En declaraciones a diversos medios, sostuvo que esta ley significa un retroceso para la protección de los derechos del referido grupo etario e incumple con los compromisos internacionales asumidos por nuestro país, como la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual tiene más de 35 años de vigencia.

“Tanto los organismos internacionales como las instituciones del sistema de justicia, incluida la Fiscalía, respaldan una sola línea de acción para evitar la vigencia de esta normativa a través de una derogatoria inmediata o si es factible la acción de inconstitucionalidad”, señaló.

La magistrada subrayó, además, que existen directrices de las Naciones Unidas (Reglas de Beijing y Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad), quienes concuerdan que no se puede procesar como adultos a las y los adolescentes.

Además, resaltó que hoy tres agencias de este organismo internacional, como el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) emitieron hoy un pronunciamiento.

Esta declaración recuerda que la Convención obliga a los Estados parte dar una respuesta penal diferenciada para adolescentes sin excepción, contar con leyes, procedimientos e instituciones especializadas que tomen en cuenta su proceso de desarrollo y evolución.

“La ley aprobada acrecienta el riesgo de que las o los adolescentes cumplan penas juntos con adultos, lejos de lograr su rehabilitación, sean influenciados por el entorno para continuar una trayectoria criminal”, remarca el pronunciamiento de Naciones Unidas.

IMPLEMENTACIÓN CRPA

Álvarez Olazábal demandó culminar la implementación del Código de Responsabilidad Penal Adolescente (CRPA), promulgado en el 2017 y reglamentando en el 2018 por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh), el cual cuenta con un cronograma para tal fin.

Con este código, agregó, existe el mecanismo de la justicia restaurativa que brinda la oportunidad de resocialización de las o los adolescentes infractores que han ingresado a una ruta lamentable de conflicto con la ley penal. 

En esa línea, sostuvo que no se deja atrás a las víctimas, pero tampoco al autor del hecho, involucrando a la o al adolescente en una verdadera reinserción social, por lo que resulta necesaria la pronta implementación del CRPA.

La magistrada señaló que los informes de Evaluación Política Multisectorial de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior revelan que solo el 2% de adolescentes en conflicto con la ley penal están inmersos en temas de criminalidad.

De esta cifra, según los datos estadísticos proporcionados por el Programa Nacional de Centros Juveniles (Pronacej), los dos delitos con mayor incidencia son contra el patrimonio (robo, robo agravado, hurto) y violación sexual.

De otro lado, demandó cumplir con la política multisectorial de prevención de riesgo para adolescentes, lo cual, sostuvo, no se está cumpliendo, tal como lo demuestra el Mininter en publicaciones trimestrales de seguridad ciudadana.


Lima, 12 de mayo del 2025 


Fecha de Publicación 12/05/2025



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