Fecha de Publicación en el Diario Oficial El Peruano
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Casación 000881-2012
Amazonas
El beneficio (bonificación diferencial mensual equivalente al 30% de la remuneración total por labor en zonas rurales y urbano - marginales, en condiciones excepcionales de trabajo) previsto en el artículo 184° de la Ley 25303, vigente, debe ser calculado y pagado en base a la reuneración total o íntegra.
Fecha de emisión de la sentencia: 20/03/2014
Jul 16, 2014
Casación 000715-2012
Junin
Conforme al art. 38° del Texto Único Ordenado de la Ley 27584, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2008 se establece como doctrina jurisprudencial se establecen reglas interpretativas para la Homologación de Remuneración de los Docentes Universitarios.