Resolución que dispone que los pedidos o solicitudes de copia simple, copia certificada, desarchivamiento y devolución de expedientes con Mandato Judicial de Archivo, se presenten directamente a la Mesa de Partes del Archivo Central o General de cada Corte Superior de Justicia del país, adjuntando los requisitos señalados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Poder Judicial.