SECRETARIA
TÉCNICA DEL COMITÉ DE ÉTICA DEL PODER
JUDICIAL
El Comité de Ética
Judicial, cuenta con el apoyo de una Secretaría Técnica, dependiente de la
Jefatura del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial y del
Comité de Ética Judicial.
El (La) Secretario (a)
Técnico (a), a cargo de la Secretaría Técnica, deberá contar con no menos de
(8) años de inscrito como abogado (a).
FUNCIONES DE LA SECRETARIA TÉCNICA DEL COMITÉ ÉTICA DEL
PODER JUDICIAL.
A)
Conservar el archivo del Comité de Ética
Judicial, el cual incluirá los dictámenes evacuados con la absolución de las
consultas, las solicitudes recepcionadas dirigidas al Comité, las
recomendaciones, resoluciones, notas informativas, circulares, comunicaciones,
expedientes, y en general, la documentación recibida o emitida por el Comité.
B)
Llevar un registro o memoria de las
actividades desarrolladas por el Comité de Ética del Poder Judicial.
C) Supervisar a los demás funcionarios y
colaboradores de la Secretaría Técnica del Comité de Ética Judicial, quienes se
encuentran sujetos a obligaciones de discreción, reserva y custodia de
archivos, documentos y bienes.
D)
Realizar las coordinaciones y enlaces
necesarios a fin de asegurar que puedan llevarse a cabo las sesiones del Comité
de Ética Judicial.
E)
Asistir a las sesiones del Comité y elaborar
las actas que correspondan, garantizando luego su suscripción por los
intervinientes que participaron en las actividades o sesiones.
F)
Dar a conocer a los (as) interesados (as),
las opiniones consultivas emitidas por el Comité de Ética Judicial y al público
en general las resoluciones, opiniones consultivas y dictámenes emitidos
debidamente suscritas y autorizadas por el Comité, con excepción de los que
tuvieren carácter reservado.
G)
Difundir el Nuevo Código de Ética del Poder
Judicial y demás instrumentos en materia ética judicial, convocando la
colaboración de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, así como
informar a las personas naturales, jurídicas y
público en general sobre las funciones del Comité de
Ética del Poder Judicial, a través
de circulares, publicaciones,
cursos o cualquier otro medio.
H)
Proponer aquellos procedimientos internos que
puedan contribuir a optimizar el funcionamiento autónomo y orgánico del Comité
de Ética Judicial y la consolidación de la gestión ética judicial
institucional.
I)
Proponer al Comité de Ética Judicial, las
modificaciones necesarias a los instrumentos vigentes en materia de ética
judicial.
J) Refrendar y autenticar la documentación
proveniente del Comité de Ética Judicial.
K) Realizar enlaces en general a efectos de
relevar y retroalimentar la experiencia comparada en procesos y políticas
públicas de ética judicial o en asuntos afines.
L) Recibir y procesar los cargos formulados sobre
la conducta ética de los (as) jueces (zas) y auxiliares jurisdiccionales,
habilitando para esos efectos, un registro, en los casos en que el Comité de
Ética Judicial asuma sus funciones a pedido de parte u oficio
M)
Mantener actualizado el registro de medidas
éticas impuestas a los (as) jueces (zas) por parte del Comité de Ética
Judicial.
N)
Otras que puedan serle encomendadas en forma
escrita por el Comité de Ética del Poder Judicial.