De conformidad con el artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son atribuciones y obligaciones del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima:
Representar al poder judicial, en su respectivo distrito judicial
Convocar, presidir y dirigir las salas plenas y las sesiones del consejo ejecutivo distrital. En ambos casos tiene voto dirimente.
Dirigir la aplicación de la política del poder judicial en su distrito, en coordinación con el consejo ejecutivo del poder judicial.
Cautelar la pronta administración de justicia, así como el cumplimiento de las obligaciones de los magistrados del distrito judicial.
Supervisar la asistencia y puntualidad de los magistrados cautelando que se registre en su legajo personal.
Ejecutar los acuerdos de la sala plena y del consejo ejecutivo distrital
Conformar las salas de acuerdo al criterio de especialización
Coordinar y supervisar el cumplimiento de las labores del consejo ejecutivo distrital y ejercer las demás atribuciones que se le confieren las leyes y los reglamentos.
Además, como Presidente del Distrito Judicial de Lima, designa a los integrantes de las Salas Especializadas, respetando la especialidad del magistrado.