ARTÍCULO QUINTO.- APROBAR EL CRONOGRAMA de la convocatoria proceso ordinario de elección del Juez de Paz y accesitarios para el juzgado de paz del Centro Poblado Medio Mundo, según el siguiente detalle:
El Comité de Selección de Personal de la Corte Superior de Justicia de Huaura pone en conocimiento el proceso de selección que se llevará a cabo para cubrir una (01) posición CAS -Suplencia, conforme se detalla a continuación:
El Comité de Selección de Personal de la Corte Superior de Justicia de Huaura pone en conocimiento el proceso de selección que se llevará a cabo para cubrir una (01) posición CAS, conforme se detalla a continuación:
El Comité de Selección de Personal de la Corte Superior de Justicia de Huaura pone en conocimiento el proceso de selección que se llevará a cabo para cubrir cuatro (04) posiciones CAS Suplencia – Decreto Legislativo N.º 1057, conforme se detalla a continuación:
El Comité de Selección de Personal de la Corte Superior de Justicia de Huaura pone en conocimiento el proceso de selección que se llevará a cabo para cubrir una (01) posición CAS Necesidades Transitorias – Decreto Legislativo N.º 1057, conforme se detalla a continuación:
ARTÍCULO PRIMERO.- DESIGNAR, como Juez de Paz y accesitarios por el periodo de cuatro (4) años, cuyo cómputo se inicia a partir de la fecha de juramento al cargo, a los siguientes ciudadanos:
El Comité de Selección de Personal de la Corte Superior de Justicia de Huaura pone en conocimiento el proceso de selección que se llevará a cabo para cubrir una (01) posición CAS Suplencia – Decreto Legislativo N.º 1057, conforme se detalla a continuación: